Nuevo Cambio en la Ley Laboral: ¿Qué Significa para Ti un Despido Sin Aviso por Escrito?

En este blog te explicamos los recientes cambios en la ley laboral sobre el despido sin aviso por escrito. Con la nueva jurisprudencia aprobada, ahora es posible que un despido sea considerado justificado, incluso si no se te entregó un aviso por escrito, siempre y cuando la empresa demuestre que tenía una razón válida para hacerlo. Aquí te contamos lo que significa este cambio para ti, cómo afecta tus derechos laborales y qué pasos debes seguir si te encuentras en esta situación.

C.P. CÉSAR DÍAZ BÁRCENAS

8/27/20244 min leer

Esto es lo que necesitas saber sobre el despido sin aviso por escrito

Recientemente, se aprobó una nueva jurisprudencia que trae cambios importantes en cómo se manejan los despidos en México. Si alguna vez te despiden de tu trabajo, es natural que te preguntes si todo se hizo de manera justa. La ley establece que tu jefe o la empresa debe entregarte un aviso por escrito explicando las razones del despido. Pero, ¿qué pasa si no te dan ese aviso? ¿Significa que el despido es automáticamente injusto?

¿Qué es la rescisión de la relación laboral?

Para empezar, hablemos claro. Cuando mencionamos "rescisión de la relación laboral sin responsabilidad para el patrón", nos referimos a que la empresa decide terminar el contrato de trabajo por una razón que, según ellos, es válida. Por ejemplo, si un trabajador comete una falta grave, como faltar mucho al trabajo sin justificación, la empresa puede despedirlo sin tener que pagarle una indemnización.

La importancia del aviso por escrito

La ley establece que, en estos casos, la empresa debe entregarte un aviso por escrito explicando claramente las razones del despido. Este documento es esencial para que tengas claro por qué te están despidiendo y puedas defenderte si no estás de acuerdo.

¿Y si no te entregan el aviso por escrito?

Hasta hace poco, si la empresa no te daba este aviso por escrito, el despido se consideraba automáticamente injusto. Es decir, se asumía que te estaban despidiendo sin una razón válida y la empresa tenía que pagarte una indemnización.

El nuevo cambio en la ley

Con la nueva jurisprudencia que acaba de ser aprobada, esto ha cambiado. Ahora, si la empresa no te da el aviso por escrito, el despido aún podría considerarse justificado, pero la empresa debe demostrar que tenía una buena razón para despedirte.

Lo que decidió el tribunal

Recientemente, un tribunal revisó el caso de un trabajador que fue despedido sin recibir el aviso por escrito. El tribunal determinó que, aunque la empresa no cumplió con esa formalidad, aún se podía analizar si había una razón válida para el despido. Esto significa que la falta del aviso por escrito ya no garantiza que el despido sea injusto; lo importante es si la empresa realmente tenía una razón válida para despedirte.

¿Qué significa esto para ti?

En pocas palabras, si te despiden y no te entregan un aviso por escrito, aún puedes defender tus derechos. Sin embargo, la empresa también puede demostrar que tu despido fue justificado, aunque no te hayan dado ese aviso. Este cambio en la ley busca asegurarse de que se considere lo que realmente ocurrió, y no solo si se cumplió o no con un trámite. Si te encuentras en esta situación, lo mejor es que busques asesoría para entender tus opciones y proteger tus derechos.

LES DEJO LA jURISPRUDENCIA APROBADA

RESCISIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL SIN RESPONSABILIDAD PARA EL PATRÓN. LA FALTA DEL AVISO POR ESCRITO NO IMPIDE ANALIZAR LA CAUSA QUE LA ORIGINÓ.

Hechos: En un procedimiento laboral se tuvo por demostrada la causa de rescisión en que se sustentó la defensa de la demandada, lo que se cuestionó en el juicio de amparo por la parte actora, al considerar que el incumplimiento de la obligación de entregar el aviso de rescisión, conforme al artículo 47, últimos cuatro párrafos, es suficiente para que se tenga por injustificado el despido.

Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la falta del aviso escrito de la rescisión de la relación laboral sin responsabilidad para el patrón, no impide analizar la causa que la originó.

Justificación: El artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo prevé la obligación del patrón que pretende separar a una persona trabajadora, de hacerle entrega del aviso escrito que contenga las causas de la rescisión. En la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2019 se dio un cambio trascendente en las consecuencias de la falta del aviso, pues se modificó el alcance que tenía esa omisión para que ahora constituya una presunción en favor de la parte trabajadora de que la separación fue injustificada, pero que puede ser desvirtuada por el patrón. Ello tiene como consecuencia que se privilegie el principio de realidad y se cumpla con el artículo 841 de la Ley Federal del Trabajo, pues conforme al artículo 47, en su texto anterior a la reforma aludida, era irrelevante que el patrón hubiera tenido razones justificadas para separar del empleo a una persona cuya relación resultaba perniciosa, si incumplía con la formalidad de entregar el aviso escrito, lo que así se entendía, aún en el caso de que el actor confesara haber incurrido en conductas que llevarían a una separación justificada, lo que constituía una contradicción con la obligación de resolver a verdad sabida y buena fe guardada, apreciando los hechos en conciencia, en tanto que ello limitaba tener en cuenta actos probados de separación justificada, si la demandada omitía dar el aviso correspondiente. En consecuencia, la reforma referida cambió esa antinomia, pues si bien la falta de aviso continúa teniendo un efecto favorable para la persona trabajadora, ahora se reduce a la presunción en su favor de que el despido fue injustificado.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.

Amparo directo 867/2023. Juan Manuel Pérez Saldaña. 30 de enero de 2024. Unanimidad de votos. Ponente: Cecilia Peña Covarrubias. Secretario: Cuauhtémoc Montejo Rosas.

Esta tesis se publicó el viernes 23 de agosto de 2024 a las 10:31 horas en el Semanario Judicial de la Federación.