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¿Qué es el listado del artículo 69 del CFF y cuáles son sus repercusiones en nuestros registros de comercio exterior?
El listado del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación (CFF) es una herramienta que aparece en el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Este listado incluye a contribuyentes que han incumplido obligaciones fiscales, tienen créditos fiscales determinados o han realizado operaciones indebidas. Su objetivo es permitir a la autoridad fiscal un mayor control sobre los contribuyentes con adeudos u otras situaciones irregulares, funcionando también como un mecanismo coercitivo.
C.P. CÉSAR DÍAZ BÁRCENAS
11/23/20242 min leer


¿Y TU TIENES OPERACIONES CON CONTRIBUYENTES DENTRO DEL ARTICULO 69 DE CFF?
Estar incluido en este listado puede generar conflictos tanto en registros fiscales como en el ámbito del comercio exterior. Incluso se han documentado casos en los que aparecer en esta lista ha afectado relaciones comerciales.
Supuestos del artículo 69 del CFF para ser incluido en el listado:
Tener créditos fiscales firmes a su cargo.
Tener créditos fiscales determinados, que no hayan sido pagados o garantizados conforme a las formas permitidas por el CFF.
Estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y figurar como no localizado.
Haber recibido sentencia condenatoria ejecutoria por la comisión de un delito fiscal.
Tener créditos fiscales afectados en los términos del artículo 146-A del CFF.
Haber recibido condonación de algún crédito fiscal.
Estos supuestos son los que pueden hacer que una empresa o contribuyente sea incluida en el listado del artículo 69 del CFF. Esto puede tener repercusiones significativas en el ámbito del comercio exterior. Sin embargo, la fracción VI, que se refiere a créditos fiscales condonados, no se considera un incumplimiento como tal, lo cual podría generar cierta salvedad para no sufrir las mismas consecuencias que otros supuestos.
Impacto en el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas (Modalidad IVA e IEPS)
Uno de los principales registros donde aparecer en el listado del artículo 69 tiene repercusiones directas es el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad IVA e IEPS. Estar en este listado, salvo por la fracción VI, es causal de requerimiento dentro del esquema, tal como se señala en la regla 7.2.2 Apartado A, Fracción III, de las Reglas Generales de Comercio Exterior 2023:
“REGLA 7.2.2. Causales de requerimiento para el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas... III. Se ubique en la lista publicada por el SAT en términos del artículo 69 del CFF, salvo lo dispuesto en la fracción VI..."
Si la empresa no puede solventar la situación que la llevó a estar en el listado, se iniciará el procedimiento de cancelación de su registro conforme a la regla 7.2.4 de las Reglas Generales de Comercio Exterior.
Procedimiento de aclaración
El SAT publica en su portal los nombres, denominaciones o razones sociales y la clave del RFC de los contribuyentes que se encuentran en estos supuestos. Si un contribuyente se detecta en dicho listado, puede iniciar un procedimiento de aclaración. En este proceso, el contribuyente debe demostrar que ya no existe la situación que dio lugar al incumplimiento y su inclusión en el listado del artículo 69 del CFF. La autoridad tiene un plazo de tres días para resolver dicha aclaración, según lo establece la normativa vigente.
En conclusión, estar en el listado del artículo 69 del CFF puede traer consecuencias graves para los registros y operaciones de comercio exterior de una empresa. Es fundamental que las empresas mantengan sus obligaciones fiscales al día para evitar problemas que puedan poner en riesgo su actividad comercial y sus beneficios fiscales.